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Las multas por velocidad también se aplicarán al copiloto por no corregir al conductor

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La reforma de la Ley de Tráfico que entrará en vigor antes de que finalice el año 2018, incluye importantes novedades en materia de seguridad vial y abre la puerta a otras que se incluirán en el futuro Reglamento de Circulación, que previsiblemente estará en marcha en marzo de 2019.

Las modificaciones más importantes de la nueva Ley de Tráfico, además de los nuevos sistemas de retención infantil, serán los cambios en los límites de velocidad, teniendo como gran novedad su ámbito de aplicación en los copilotos. «… será objeto de sanción, el que ocupando el lugar de copiloto en un vehículo, permita que el conductor rebase el límite de velocidad establecido en la vía por la que circule con independencia de la tipología de la misma, estableciéndose el 50% de la cuantía de la multa para el copiloto…»

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), el objetivo de la reforma es aumentar la seguridad responsabilizando también al copiloto y sancionando de forma más dura las conductas más peligrosas. «Pues nada, llevaremos una pistola para ir amenazando al conductor para que no le pise mucho, ya no saben cómo recaudar más»,  ha sido alguno de los comentarios vertidos al respecto.

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